La Alcaldía Dijo “Ya Cumplí”: El Expediente Dice Otra Cosa
SINSERPALSA, SINTRAMUSA y SINTRAIMTDESCOL radicaron ante el Ministerio del Trabajo una Réplica de doce puntos contra la respuesta de la Alcaldía de Sabanalarga a la exhortación preventiva del 27 de agosto, y le pidieron formalmente que abra actuación de inspección, vigilancia y control.

El 9 de septiembre de 2026, la Alcaldía Municipal de Sabanalarga le respondió al Ministerio del Trabajo que ya había cumplido todo: los derechos de petición, el Acuerdo Colectivo, la participación sindical. Pidió que se cerrara el caso. el 11 de septiembre, esta Unión Sindical radicó ante la Inspectora Glenis Sofía Castro Santiago una Réplica formal, punto por punto, que demuestra con el propio expediente administrativo que eso no es cierto.
Lo que dice el expediente, no lo que dice el discurso
No son afirmaciones de esta Unión Sindical. Son hechos documentados que la propia Administración no puede desconocer: el proyecto de reestructuración fue radicado ante el Concejo Municipal DOS VECES —el 10 de agosto y el 8 de septiembre— sin que se instalara una sola mesa de concertación. El Concejo se lo negó una vez, el 31 de agosto, con ocho votos en contra y seis a favor. La propia ESAP certificó por escrito que no ha sido contactada ni tiene compromiso alguno para elaborar el estudio técnico que exige el artículo 25 del Acuerdo Colectivo. Y el Comité de Seguimiento del artículo 39 lleva más de tres años sin conformarse, pese a que los sindicatos entregaron los nombres de sus representantes desde marzo de 2024.
Doce respuestas, un solo mensaje: lo pactado se cumple
La Réplica desmonta, uno por uno, los doce argumentos de la Alcaldía. Le recuerda que nadie ha pedido poder de veto ni coadministración —solo que se cumpla el artículo 25 tal como la propia Administración lo firmó en la Resolución No. 0182 de 2023—. Le recuerda que "promover" la reforma, que es justo lo que hizo al radicar el proyecto, ya activa la obligación de tener la mesa instalada y el estudio técnico listo, sin necesidad de esperar a que el Concejo apruebe nada. Y le recuerda que sus propias respuestas del 2 de septiembre ya reconocieron, por escrito, que ni la mesa, ni el estudio, ni el Comité existen todavía.
El mismo día se radicó también un oficio remisorio dirigido a la Inspectora, sustentado en el debido proceso administrativo, que le exige a esa Inspección valorar la Réplica antes de decidir cualquier cosa sobre lo que pidió la Alcaldía — porque ninguna decisión de fondo puede tomarse sin que la parte directamente interesada haya sido oída.
Qué le pedimos al Ministerio del Trabajo
Que NO se tenga por atendida la exhortación preventiva. Que se abra la actuación de inspección, vigilancia y control, y se remita el expediente a la Coordinación de Prevención, Inspección, Vigilancia y Control (PIVC) y a la Dirección Territorial del Atlántico, para el procedimiento sancionatorio previsto en la Ley 1610 de 2013. Que se le exija a la Alcaldía informar, con fechas concretas, el estado real de las mesas, el estudio técnico y el Comité de Seguimiento. Y que quede constancia, en el expediente, de que sí existe fundamento fáctico para hablar de incumplimiento.
Qué sigue
Esta Unión Sindical seguirá el trámite del radicado ante la Inspección y mantendrá informados a los compañeros y compañeras de cada paso. No se trata de un pleito administrativo más: se trata de que lo firmado, se cumpla — antes de que se apruebe cualquier reforma, no después.
No pedimos permiso para exigir lo que ya es nuestro: lo pactado se cumple, no se negocia con silencio.
SINSERPALSA — SINTRAMUSA — SINTRAIMTDESCOL — Unión Sindical de Sabanalarga
