Sindicatos de Sabanalarga piden garantías plenas para la actividad sindical al Alcalde y al Ministerio del Trabajo, tras el bloqueo policial a sus acompañantes en el Concejo
A pesar de haber notificado por escrito su asistencia, cinco compañeros sindicales escogidos por las bases para acompañar a los voceros y representantes legales fueron impedidos de ingresar a una sesión pública del Concejo Municipal por un pie de fuerza policial, mientras la prensa sí fue admitida y los voceros y presidentes sindicales sí ingresaron con normalidad. SINSERPALSA, SINTRAMUSA y SINTRAIMTDESCOL calificaron el hecho como el más hostil en más de treinta años de actividad sindical y pidieron al Alcalde y al Ministerio del Trabajo garantías plenas para el ejercicio de la actividad sindical.
El 14 de septiembre de 2026, el Concejo Municipal convocó a una sesión sobre el proceso de reestructuración administrativa y modernización de la planta de personal de la Alcaldía, con voceros sindicales previamente designados. Con antelación a la sesión, mediante comunicación escrita de esa misma fecha, las tres organizaciones sindicales informaron formalmente la asistencia de las bases sindicales e invocaron las garantías del fuero sindical y del Acuerdo Colectivo de Trabajo vigente. Pese a ello, y en lugar de las garantías esperadas, un pie de fuerza de la Policía Nacional restringió el ingreso al recinto a los cinco (5) compañeros sindicalistas escogidos por las bases para acompañar a los voceros y representantes legales, sin que hasta la fecha se sepa quién impartió esa orden ni con qué finalidad. Los dos ponentes y los tres presidentes de las organizaciones sindicales sí lograron ingresar a la sesión; la restricción se aplicó exclusivamente a los cinco compañeros designados como acompañantes. En las mismas circunstancias sí se permitió el ingreso de la prensa, tratándose de una sesión pública.
Un día después, el 15 de septiembre, los presidentes y representantes legales de las tres organizaciones sindicales remitieron al Alcalde Municipal, José Elías Chams Chams, un oficio de blindaje sindical. No se trata de una denuncia por hechos consumados de persecución, sino de una acción preventiva: exigir garantías para el ejercicio de la actividad sindical y el respeto al fuero sindical, ante el riesgo de que situaciones como la vivida el 14 de septiembre deriven en actos de persecución laboral y sindical. Ese mismo oficio fue puesto en conocimiento del Ministerio del Trabajo, solicitando que se anexe a un expediente que ya existía sobre el proceso de reestructuración y que la Inspección de Trabajo se pronuncie exhortando al Alcalde.
Un trato desigual en una sesión pública
Los hechos documentados por las organizaciones sindicales muestran una diferencia de trato difícil de justificar: mientras la prensa ingresó sin contratiempos a la sesión del Concejo, el pie de fuerza policial desplegado ese día impidió el paso a los cinco compañeros sindicales previamente anunciados como acompañantes, pese a que los dos ponentes y los tres presidentes de las organizaciones sindicales sí ingresaron con normalidad. Hasta la fecha, los sindicatos no han recibido información sobre quién impartió esa orden ni con qué finalidad, un vacío que alimenta las dudas sobre el propósito real de la restricción en una sesión que, por definición, es pública y donde se discutía un proyecto que afecta directamente a los trabajadores sindicalizados.
"Nunca habíamos enfrentado una situación tan hostil": más de treinta años de actividad sindical
En el oficio remitido a la Alcaldía, las tres organizaciones fueron enfáticas: en más de treinta (30) años de actividad sindical ininterrumpida en Sabanalarga, nunca habían enfrentado una situación tan hostil, bochornosa y, en su forma de proceder, propia de prácticas autoritarias y fascistas. El calificativo no es menor: se trata de sindicatos con décadas de trayectoria e interlocución con la Administración Municipal, para quienes el uso de un pie de fuerza policial contra una delegación previamente notificada y en el contexto de una discusión sobre reestructuración administrativa configura un antecedente sin precedentes en su relación con la Alcaldía.

El fuero sindical como coraza constitucional, en un Estado Social de Derecho
El oficio de blindaje sindical recuerda que Colombia es un Estado Social de Derecho (art. 1° de la Constitución Política), fundado en el respeto a la dignidad humana, el trabajo y la solidaridad, y que el fuero sindical no es una prerrogativa graciosa sino una coraza constitucional y legal que protege el ejercicio de la actividad sindical en defensa de los trabajadores. Sobre esa base, las organizaciones rechazaron de manera expresa cualquier forma de acoso laboral (Ley 1010 de 2006), persecución sindical, represalia o trato discriminatorio derivado de la actividad sindical, e invocaron un amplio bloque de normas constitucionales, legales e internacionales: los artículos 39, 55 y 56 de la Constitución, los Convenios 87, 98 y 151 de la OIT, la Ley 411 de 1997, y el Acuerdo Colectivo de Trabajo vigente en la Alcaldía (Resolución 0182 del 11 de julio de 2023).
El documento fue remitido en ejercicio del derecho de petición (art. 23 de la Constitución Política y Ley 1437 de 2011), por lo que la Alcaldía cuenta con quince días hábiles para dar respuesta de fondo. El cierre del oficio fue igual de contundente: "¡Ni intimidación, ni represalia, ni silencio: la actividad sindical se ejerce con dignidad y se defiende con unidad!".
La escalada al Ministerio del Trabajo: un expediente que ya existía
Lo ocurrido el 14 de septiembre no se da en el vacío. Semanas antes, la Inspección de Trabajo de Sabanalarga —a cargo de la doctora Glenis Sofía Castro Santiago, dentro del radicado No. 08SE2026900863800009256— ya había proferido una Exhortación Preventiva dirigida a la Administración Municipal, en el marco del mismo proceso de reestructuración, instando al respeto de los derechos sindicales y laborales de los trabajadores afiliados.
Que la restricción de ingreso a los delegados sindicales haya ocurrido apenas días después de esa exhortación llevó a las tres organizaciones a pedirle formalmente al Ministerio del Trabajo que anexe el oficio de blindaje sindical al expediente ya abierto y, sobre todo, que la Inspección de Trabajo se pronuncie y exhorte al Alcalde Municipal a ofrecer todas las garantías legales, constitucionales y del Acuerdo Colectivo vigente, para que las organizaciones sindicales puedan ejercer su labor cabalmente, con plenas garantías y seguridad, en defensa de la clase trabajadora. Adicionalmente, solicitaron que se valore si, a la luz de estos nuevos hechos, resulta procedente adelantar alguna actuación adicional de inspección, vigilancia y control.
Ambas comunicaciones —el oficio a la Alcaldía y su remisorio al Ministerio— fueron puestas en conocimiento, entre otros, del Concejo Municipal, la Personería Municipal de Sabanalarga, la Procuraduría General de la Nación (Regional Atlántico), los medios de comunicación y la Central Unitaria de Trabajadores (CUT).
La postura sindical
Para SINSERPALSA, SINTRAMUSA y SINTRAIMTDESCOL, lo sucedido el 14 de septiembre no es un incidente aislado, sino una señal de alerta que exige respuesta institucional inmediata. Las organizaciones sindicales exigen:
- Que el Alcalde Municipal, José Elías Chams Chams, garantice de manera plena e inmediata el ejercicio de la actividad sindical y el respeto al fuero sindical de los trabajadores afiliados a las tres organizaciones.
- Que se esclarezca públicamente quién ordenó la restricción de ingreso al Concejo el 14 de septiembre y con qué propósito.
- Que la Administración Municipal se abstenga de cualquier acto, presente o futuro, que pueda constituir persecución sindical, acoso laboral o represalia contra los dirigentes y afiliados sindicales.
- Que el Ministerio del Trabajo, a través de la Inspección de Trabajo de Sabanalarga, se pronuncie de fondo y exhorte formalmente al Alcalde a ofrecer todas las garantías legales, constitucionales y convencionales derivadas del Acuerdo Colectivo vigente.
- Que las autoridades de control —Procuraduría y Personería— hagan seguimiento efectivo a este caso dentro del expediente ya existente sobre el proceso de reestructuración.
- Que, en adelante, cualquier sesión pública donde se discutan asuntos que afecten a los trabajadores sindicalizados garantice el ingreso sin restricciones de sus delegados legítimamente designados.
Las tres organizaciones reiteran que, después de más de treinta años de actividad sindical en Sabanalarga, no darán un paso atrás en la defensa de sus derechos: los derechos no se mendigan, se conquistan y se defienden, con unidad, organización y lucha.
Documento enviado al Alcalde y medios de Comunicación
